¿Qué propone el Referendo Campesino? | Land Portal

Esta semana se radicó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil la solicitud para adelantar el Referendo Campesino, una iniciativa de organizaciones sociales para consultar al pueblo colombiano sobre el futuro de los habitantes rurales. ¿En qué consiste?.

 

El pasado 23 de noviembre, la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (Anuc) radicó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil el Referendo Campesino. El trámite consistió en la inscripción del comité promotor, la exposición de motivos y las ocho preguntas que modificarían siete artículos de la Constitución Política y crearía uno nuevo, según dicen, en beneficio del campesinado colombiano.

 

Con la radicación, la Registraduría tiene un plazo de ocho días para verificar si la petición cumple con los requisitos y entregar a los promotores un formulario para la recolección de firmas. Como es un referendo que busca modificar la Constitución, se deben recoger un número de firmas válidas que representen al menos el 5 por ciento del censo electoral, es decir, 1.910.076 personas.

 

Es una tarea que no será fácil y que, de cumplirse, deberá llevar a las urnas por lo menos a una cuarta parte de la población apta para votar, que ya suma 38,201,539 personas. Allí, para que las propuestas sean de obligatorio cumplimiento, al menos la mitad más uno de los votos deberá ser respaldando cada iniciativa.

 

¿Pero en qué consisten las ocho preguntas que plantea el Referendo Campesino? Semana Rural le cuenta.

 

1. Adiciona al artículo 226 de la Constitución Política sobre las relaciones económicas internacionales de Colombia:

  • La protección de la producción nacional.

 

2. Modifica el artículo 64 de la Constitución Política, agregando lo siguiente:

  • Reconoce a las campesinas y campesinos como sujetos de especial protección constitucional.
  • Reconoce los derechos de campesinos y campesinas a: Educación formal y no formal, maquinaria, innovación, al territorio campesino y a ser adjudicatarios preferenciales de baldíos con vocación agropecuaria.
  • Adiciona el derecho de las campesinas y campesinos a participar en la formulación e implementación de la política agropecuaria campesina y el presupuesto del sector.
  • Garantiza a las campesinas y campesinos el acceso material a la justicia, la permanencia en el territorio, evitando la migración del campo a la ciudad y el desplazamiento forzado.
  • Reconoce y protege la cultura campesina, fomenta la asociatividad y adopta políticas y programas con enfoque de género y generación, para las campesinas y los campesinos.

 

3. Modifica el artículo 65 de la Constitución Política, agregando lo siguiente:

  • El uso del suelo rural estará preferencialmente orientado a la producción de alimentos.
  • El Estado fomentará y protegerá la economía campesina y garantizará las condiciones para su competitividad en el mercado.
  • El estado garantizará a las campesinas y campesinos un precio justo y de sustentación para la producción de su actividad.
  • El estado ejercerá el control directo de los precios de los insumos agropecuarios utilizados por los campesinos.
  • El Estado protegerá las semillas nativas o tradicionales, de las campesinas y campesinos a quienes se garantizará el acceso, la creación de bancos de semillas, su intercambio y el derecho a determinar las variedades que quieren plantar.
  • El Estado adelantará una política rural que garantice la seguridad y la soberanía alimentaria.

 

4. Modifica el artículo 66 de la Constitución Política, agregando lo siguiente:

  • Las disposiciones de crédito deberán adecuarse a la situación diferencial de los campesinos y campesinas a quienes se garantizará el acceso permanente y preferencial al crédito.

 

5. Modifica el artículo 67 de la Constitución Política, agregando lo siguiente:

  • La Nación, las entidades territoriales y las instituciones educativas promoverán un servicio de educación campesina y rural acorde con las realidades territoriales de vocación productiva y pertinencia cultural. El Estado promoverá la inclusión plena de las campesinas y de los campesinos al sistema educativo colombiano, tanto formal como no formal.

 

6. Modifica el artículo 216 de la Constitución Política, agregando lo siguiente:

  • El servicio militar será voluntario para las campesinas y los campesinos.

 

7. Agrega un artículo nuevo a la Constitución Política así:

  • Artículo 64A. El estado garantizará a las campesinas y los campesinos un ingreso básico condicionado para asegurar su subsistencia y vida digna. La ley regulará esta materia.

 

8. Modifica el artículo 346 de la Constitución Política, sobre presupuesto de rentas y apropiaciones de la nación, agregando lo siguiente:

  • Se incluirá un monto para el fomento y fortalecimiento de las actividades de la economía campesina no menor al 4% del presupuesto total de inversión.

 

El presidente de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (Anuc), Luis Alejandro Jiménez, le dijo a Semana Rural que desde la organización son conscientes de que el proceso de recolección de firmas será complejo en medio de la pandemia. Por eso, aseguró el dirigente sindical, aprovecharán la estructura de la asociación en todo el país, organizaciones aliadas, representantes de la academia y demás aliados como el movimiento comunal. 

 

Una vez la Registraduría entregue el formulario para la recolección de firmas, el comité promotor, apoyado por el senador del Partido Verde Jorge Londoño, contará con seis meses para conseguir el apoyo de los colombianos, plazo que puede ser prorrogado en caso de fuerza mayor hasta por tres meses más.

 

"Invitamos a los colombianos a que nos acompañen con su firma y con su voto para que juntos hagamos que la condición de los campesinos sea mucho más digna", expreso el senador Londoño, que se suma a los líderes políticos que en las últimas semanas han decidio promover este tipo de mecanismos electorales.

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