Esta Ley reconoce a los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Colima y de las personas que los integran al tener la condición de indígenas, así como de aquellas que se encuentran temporal o permanentemente establecidas o en tránsito por el territorio de la entidad. El objeto de estas disposiciones es garantizar el ejercicio de las formas específicas de organización comunitaria, de gobierno y administración de justicia de las comunidades indígenas. Asimismo se establecen las obligaciones de la administración pública estatal y municipal para elevar la calidad de vida de los pueblos y comunidades indígenas, promoviendo su desarrollo. Entre otros, se reconocen los derechos de las comunidades indígenas relacionados con el uso y explotación de los recursos naturales (art. 57-61). Con respecto a la tenencia de la tierra, se contemplan la forma ejidal, comunal y privada (art. 23).
Auteurs et éditeurs
Karen Sainz
Fournisseur de données
FAO Legal Office (FAOLEX)
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