Decreto Ley Nº 525 - Ley de creación de la Financiera Nacional de Tierras Agrícolas. | Land Portal

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LEX-FAOC005068
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La Ley consta de 8 títulos y 51 artículos. INDICE: Creación, naturaleza, domicilio y objeto (I); Funciones y atribuciones (II); Dirección y administración (III); Recursos económicos (IV); Gestión administrativa, Operaciones, Utilidad y Exenciones (V); Fiscalización y auditoría (VI); Regulaciones laborales y Fondo de protección (VII); Disposiciones generales, transitorias y derogatorias (VII).La Financiera Nacional de Tierras Agrícolas (FINATA) tiene como objeto adjudicar y financiar la adquisición de inmuebles rústicos con vocación agrícola a los arrendatarios simples o con promesa de venta, aparceros, compradores por venta a plazos con reserva de dominio u otras personas que los trabajen directamente mediante pago en efectivo o en especie; así como financiar con el mismo fin y en iguales circunstancias a las asociaciones cooperativas agropecuarias y otras organizaciones de trabajadores agropecuarios inscritas en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (art. 2º). Entre las funciones que el artículo 4º otorga a FINATA, se encuentran: adquirir el dominio de los inmuebles o parcelas con vocación agrícola, financiar la adquisición de inmuebles rústicos con vocación agrícola, administrar y constituir fideicomisos, contraer préstamos internos y externos y emitir títulos valores.

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