Decreto Nº 7-99: Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer. | Land Portal

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LEX-FAOC134317
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La presente Ley tiene como objetivos: a) promover el desarrollo integral de la mujer y su participación en todos los niveles de la vida económica, política y social de Guatemala; b) promover el desarrollo de los derechos fundamentales que con relación a la dignificación y promoción de la mujer, se encuentran establecidos en la Constitución Política de la República, las convenciones internacionales de derechos humanos de las mujeres y los planes de acción emanados de las conferencias internacionales sobre la temática de la mujer. Cabe destacar el artículo 16 sobre acciones y mecanismos mínimos en la esfera del medio ambiente : para favorecer y garantizar una mejor calidad de vida para la familia, el Gobierno promoverá políticas de desarrollo y de auténtica relación armónica con la naturaleza, orientadas hacia el buen uso y manejo de sus recursos; asimismo dictará todas las medidas necesarias para restringir el uso de tecnologías que violenten, degraden o pongan en riesgo el equilibrio del sistema ecológico, la biosfera y el medio ambiente nacional. El artículo 22 menciona el acceso a la tierra de las mujeres.

Autores e editores

Author(s), editor(s), contributor(s): 

Poder Legislativo. Guatemala

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