Decreto Legislativo Nº 133 - Ley de procedimiento especial para garantia de la propiedad rural. | Land Portal

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LEX-FAOC160941
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La presente Ley de procedimiento especial para garantia de la propiedad rural, tiene por objeto establecer la garantía de la propiedad y posesión regular de la tierra, mediante un procedimiento especial de desalojo de invasores. La autoridad competente será el Juez de Paz de la jurisdicción donde se encuentre el inmueble invadido. El propietario o legítimo poseedor, solicitará al Juez por escrito o en forma verbal, el lanzamiento de los invasores, presentado para ello el o los títulos que amparen su derecho; o los documentos públicos que acrediten su posesión regular en su caso. El Juez, si lo considera conveniente, practicará personalmente la inspección in situ, en el cual oirá a los invasores para que manifiesten las razones que aducen para permanecer en el inmueble invadido. También se oirá en el acto a los colindantes del inmueble si lo creyere pertinente para mejor proveer, levantando un acta de todo lo actuado.

Enmienda: Decreto Legislativo Nº 60 - Ley Agraria. (1997-10-30)

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